Diputados buscan una representación distrital más equitativa

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San Luis Potosí, SLP.- Los diputados José Francisco Martínez Ibarra y Filemón Hilario Flores, integrantes de la fracción parlamentaria del PRD del Poder Legislativo, presentaron una iniciativa para reformar el artículo 11 de la Ley Electoral del Estado de San Luis Potosí.
Con el objetivo de equilibrar la densidad demográfica  contenida en la demarcación de cada distrito electoral de San Luis Potosí para  propiciar con ello una representación más equitativa. Ya que de esta  manera cada diputado representaría en promedio la voluntad mayoritaria de un número de personas similar al de las demarcaciones restantes.
Con esta reforma el artículo 11 de la Ley Electoral del Estado de San Luis Potosí señalaría lo siguiente: para la elección de los quince diputados de mayoría relativa el territorio de nuestro estado se dividirá en igual número de distritos electorales, los cuales serán establecidos y demarcados por el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana con base en un estudio técnico que deberá cumplir con los siguientes criterios:
I.- Se protegerá en todo momento el principio de equidad, procurando que cada distrito contenga una densidad poblacional similar a los demás.
II.- El número de habitantes promedio que deberá contener cada distrito será lo más cercano posible al cociente que resulte de la división de la población total del Estado entre quince, de acuerdo a los datos que haya arrojado el censo oficial de población más reciente.
III.- El territorio de cada uno de los distritos deberá constituir un solo cuerpo geográfico sin que este pueda quedar difuminado ni desintegrado geográficamente.
La demarcación de cada uno de los distritos deberá publicarse en el Periódico Oficial del Estado y en alguno de los de mayor circulación en la Entidad, cuando menos un año antes del día en que se celebren las elecciones; entre otros preceptos.
Esta iniciativa de reforma fue presentada debido a que de manera injusta e inequitativa, la actual redacción del artículo 11 que se propone modificar propicia la sobrerrepresentación de aquellos distritos con una cantidad de habitantes muy inferior al cociente resultante de la división de la población del estado en quince distritos electorales.
Dicho de otra forma, el voto de un diputado que representa a un distrito con 120 mil  habitantes resulta tener el mismo valor que el de otro con 280 mil, lo cual atenta evidentemente al principio de equidad que debe normar todo proceso electoral democrático; entre otros argumentos.